Oficializan declaratoria de emergencia en tres regiones del país por incendios forestales

Esta medida se oficializa a través del Decreto Supremo 097-2024-PCM, publicado en el boletín extraordinario Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La declaratoria del estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de las regiones de Amazonas, San Martín y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de los incendios forestales, fue oficializada este jueves.

Esta medida se oficializa a través del Decreto Supremo 097-2024-PCM, publicado en el boletín extraordinario Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En tal sentido declara el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, San Martín y Ucayali, por el plazo de 60 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Para ello, los gobiernos regionales y locales comprendidos, con la coordinación técnica y el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de ministerios, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Asimismo, se dispone que para efectos de lo dispuesto en la Ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales, los bienes cuya donación se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la referida norma.

Además establece que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

El decreto supremo es refrendado por la Presidenta de la República, Dina Boluarte; el jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén; y los ministros de Salud, Ambiente, Educación, Vivienda, Desarrollo Agrario y Riego, Mujer, Desarrollo e Inclusión Social, Interior, Defensa, y Economía.

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