Con Ley MAPE Gobierno liderará proceso de formalización minera

El proyecto de ley para la formalización de la minería artesanal y pequeña minería, conocida como Ley MAPE, busca fijar un marco legal que brinde claridad y seguridad jurídica a quienes desarrollan esas actividades.

Para conocer más detalles sobre este tema, la directora general de formalización minera, Mayra Figueroa, concedió una entrevista al Diario El Peruano.

¿Cuál es el objetivo principal de la Ley MAPE?

–El objetivo principal de la ley es establecer un marco legal que permita regular las actividades de la pequeña minería. Buscamos garantizar que cualquier persona interesada en desarrollar actividades de pequeña minería o minería artesanal pueda hacerlo dentro de un marco normativo claro y preciso. En ese sentido, es necesario destacar la importancia de contar con un reglamento que complemente la norma y detalle los aspectos específicos requeridos.

Mientras que la ley habilita las condiciones generales, el reglamento se encargará de precisar los detalles necesarios para su implementación. Entonces, si bien el propósito de esta ley no es regular la formalización, se reconoce la relevancia de culminar los procedimientos de formalización ya iniciados, garantizando así su adecuada conclusión.

–¿El Minem ha intentado acercarse al minero artesanal para explicar los alcances de esta iniciativa?

–Sí, efectivamente. Hemos llevado a cabo un proceso extenso de socialización de la Ley MAPE, que se inició el 17 de julio y se extendió hasta setiembre pasado.

Durante este tiempo, nos hemos esforzado por acercarnos a los mineros artesanales para explicarles los alcances de la ley. En este contexto, hemos adecuado ciertos artículos de la norma tras recoger sus observaciones.

Posteriormente, ampliamos el proceso de socialización hacia un enfoque más institucional, involucrando a todos los actores relevantes. En este proceso, hemos tomado en cuenta preocupaciones fundamentales, como el contrato de explotación, el uso de explosivos, temas laborales, e incluso aspectos sensibles como la prevención de la explotación infantil.

–El proyecto de ley establece áreas especiales para la minería, ¿cuál es el fin?

–Te explico. Hemos identificado una preocupación entre los mineros a pequeña escala, quienes afirman que todo el territorio nacional está concesionado. Sin embargo, esta afirmación no es correcta.

Es necesario aclarar que no todo el país está bajo control de la gran minería, como algunos perciben. En este sentido, nuestro objetivo es establecer lineamientos claros sobre las áreas donde se puede desarrollar la pequeña minería y la minería artesanal. Hay zonas donde estas actividades están restringidas, como áreas naturales protegidas, espacios verdes, zonas arqueológicas o aquellas con restricciones derivadas de estudios de impacto ambiental, exploración o explotación por parte de un titular existente.

Nuestra intención es brindar claridad para que los mineros sepan dónde es posible desarrollar actividades mineras. Además, en los casos en que identifiquemos mineros en áreas permisibles, podrán formalizarse y convertirse en titulares de concesiones, accediendo a beneficios adicionales.

–Otro problema es el tema de los contratos de explotación, ¿cómo se va a regularizar estos acuerdos?

–Efectivamente, el proyecto de ley aborda de manera específica la problemática relacionada con los contratos de explotación. Si bien es cierto que se mantiene la figura de que debe haber un contrato de explotación en caso de que haya un titular minero en la zona, lo que buscamos es establecer beneficios e incentivos para que dichos titulares suscriban estos contratos.

La norma actual contempla, por ejemplo, la reducción de la penalidad o el pago de vigencia, aspectos que hemos considerado como parte de las medidas de incentivo. Además, la ley prevé que, a través de un decreto supremo, el Ministerio de Energía y Minas pueda implementar otros mecanismos que fomenten la suscripción de contratos de explotación.

Es importante señalar que hay áreas con restricciones, como aquellas donde el titular ya cuenta con un estudio de impacto ambiental aprobado, ha definido una huella operativa o está desarrollando actividades de explotación o exploración.

En estos casos, resulta complejo que se firme un contrato de explotación con terceros debido a la inversión ya realizada. Sin embargo, en las áreas aledañas a dichas zonas, existe la posibilidad de promover la firma de contratos con pequeños mineros, lo que permitiría un desarrollo conjunto y equilibrado del sector.

–Según el proyecto de ley, el Reinfo solo tendrá una vigencia de seis meses y de ahí el Minem tendrá a cargo del proceso de formalización, ¿qué se busca con este cambio?

–Hemos escuchado con frecuencia la afirmación de que el Ministerio de Energía y Minas ha descuidado el proceso de formalización, que no asume un rol de liderazgo en este ámbito y que ha delegado por completo dicha responsabilidad a las direcciones regionales. Sin embargo, nuestra intención es que estas direcciones puedan contar con un plazo razonable que les permita recopilar la información necesaria. Aunque quizá no logren concluir todos los procedimientos en curso, pueden colaborar consolidando la información, que sería remitida posteriormente al Minem.

¿Cuál es la diferencia en este enfoque? Que el Gobierno, a través del Minem asumirá el liderazgo en este tema y podremos trabajar de manera eficiente. Además, esta ley liberará a las direcciones regionales, permitiéndoles enfocarse en tareas fundamentales como la fiscalización y supervisión de la pequeña minería. Estas funciones son esenciales y no pueden ser asumidas directamente por el Minem.

En coordinación

Precisó que la asignación de competencias a las direcciones regionales para la supervisión, fiscalización y seguimiento de la pequeña minería y minería artesanal fue establecida a través de la Ley de bases de la Descentralización. Por ello, este proyecto de ley no puede contradecir el esquema legal ni el sistema vigente.

No obstante, hemos identificado que, sin los recursos adecuados, las direcciones regionales no podrán cumplir con su labor. Por lo tanto, esta ley busca habilitar mecanismos para que las direcciones regionales puedan externalizar ciertas actividades, como la fiscalización y la supervisión, mediante la contratación de profesionales o consultorías especializadas.

Adicionalmente, dijo que se fortalecerán las capacidades de las direcciones regionales a través de convenios con entidades como el OEFA, Osinergmin y Sunafil.

“En cuanto al financiamiento, aunque esto depende del Estado, consideramos fundamental que las direcciones regionales tengan los recursos necesarios para contratar personal capacitado y adquirir los equipos para llevar a cabo su trabajo de manera eficiente”, dijo.

Datos

  • El ministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho, señaló que la iniciativa del Ejecutivo está abierta para todas las personas que quieran ser formales, sin excluir a nadie, dentro del marco de la ley.
  • Al 24 de noviembre, el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) albergaba 84,441 inscripciones, de las cuales el 76.75% se encuentran suspendidas. Las inscripciones vigentes, 23.25%, suman 19,635 personas naturales o jurídicas.
  • El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, descartó que el objetivo de la ley sea convertir en ilegales a todos los mineros inscritos en el Reinfo a partir del 2025.

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